El Recurso de Reconsideración deberá sustentarse en nueva prueba. El Recurso de Reconsideración es opcional y su falta de interposición no impide el ejercicio del Recurso de Apelación.
El Recurso de Apelación corresponde cuando se sustenta en una diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, o se sustente en una nulidad; o, cuando teniendo una nueva prueba, no se opte por el recurso de reconsideración.
La Queja puede ser interpuesta en cualquier estado del procedimiento, por defectos en la tramitación del expediente y, en especial: a) Cuando haya infracción a los plazos que supongan una paralización o retraso del procedimiento; b) Cuando se deniegue injustificadamente la concesión de los recursos de apelación y/o reconsideración; y, c) Cuando se concedan los recursos de apelación y/o reconsideración en contravención a lo dispuesto por las normas aplicables.
Los usuarios pueden presentar Queja directamente ante el Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos de OSITRAN o ante COVIPERU. En este último caso, COVIPERU correrá traslado de la queja presentad, de forma directa e inmediata, al Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos de OSITRAN. La queja podrá ser presentada a través de los mismos medios que el reclamo.
Todo escrito de recursos (apelación y reconsideración) y quejas que se presente ante COVIPERÚ debe contener lo siguiente:
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- Nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería del usuario, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente. En el caso de persona jurídica, es obligatorio presentar la información del representante legal y remitir copia simple de los poderes con los que cuenta, lo cual solo debe realizarse en caso de no haber proporcionado esta información previamente durante el procedimiento.
- La expresión concreta de lo pedido, los fundamentos de hecho que lo apoye y, cuando le sea posible, los de derecho.
- Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido.
- En el caso del Recurso de Reconsideración, el escrito deberá dirigirse a la Gerencia de Operaciones de COVIPERÚ. En el caso del Recurso de Apelación, el escrito debe ser dirigido a la Gerencia de Operaciones de COVIPERÚ a fin de que éste lo eleve al Tribunal de Solución de Controversias de OSITRAN. La queja debe ser dirigida al Tribunal de Solución de Controversias. En caso ésta última se presente ante COVIPERÚ, ésta remitirá la queja al Tribunal de Solución de Controversias.
- La relación de los documentos y anexos que acompaña.
- La identificación del expediente de la materia.
- La indicación de la dirección a donde se desea que se realice las notificaciones, en caso ésta sea distinta de la indicada en el numeral 1.
Para efectos de presentar queja, se podrá presentar los formularios aprobados por OSITRAN a los que se puede acceder a través del siguiente link:
https://www.ositran.gob.pe/usuarios/formularios/